PESCA DEPORTIVA

Tolhuin, un escenario ideal para la pesca:
Una Experiencia Inolvidable
La Provincia de Tierra del Fuego es un verdadero paraíso para los pescadores, en Tolhuin, durante el inicio de temporada de pesca, a partir del 29 de octubre del 2022 hasta el 1 de mayo del 2023. Se concentran los grandes desafíos de los amantes de la pesca, con magníficos paisajes que rodean un escenario único, donde se encuentran las especies tales como: Truchas Arco Iris, Marrones y Fontinalis entre otras.
Las modalidades de pesca permitidas son: cuchara o spinning y mosca o fly casting, con el uso adecuado de equipos correspondientes para cada caso.
El “trolling” o modalidad de arrastre desde embarcación propulsada está prohibido, al igual que el uso de señuelos artificiales que contengan pilas o baterías, debido a su eventual poder contaminante.
En la ciudad de Tolhuin podes contratar a “Tierra del fuego Fly Fishing” que ofrece una excursión de pesca deportiva en navegación por unos de los lagos más Grande de Sudamérica -“Khami” y/o también conocido como” Fagnano”, como así también podes disfrutar de dicha excursión en el Lago Escondido.
Teléfono: +54 9 2901 642561
E-Mail: tierradelfuegofly@gmail.com
Facebook: Tierra del Fuego Fly Fishing
Instagram: @tierradelfuegoflyfishing
REGLAMENTO DE PESCA TEMPORADA 2022-2023
El inicio de Temporada comienza a partir del 29 de octubre de 2022 y culminael 1 de mayo de 2023.
Dentro de su reglamentación estipula los siguientes ítems:
- Se prohíbe la pesca en todo el año, en los siguientes lugares:
- Arroyo Mímica que desemboca en el lago Chepelmut.
- Rio IN que nace en el lago Chepelmut y desemboca en Lago Yehuin.
- Chorrillo Los Salmones Departamento de Rio Grande.
- Laguna San Luis.
- Tramo del Rio Valdez comprendido entre el puente sobre la Ruta Nacional N°3, donde desemboca en el lago Khami, dentro del circuito imaginario de 200 metros de radio desde la desembocadura.
- Cada Pescador habilitado no podrá sacrificar más de un ejemplar por día y no podrá transportar mayor a un ejemplar. Cualquiera sea el número de día de pesca, así como el carácter y duración obtenido para el fin.
PESCA DEPORTIVA
- Solo se permite las modalidades “Cuchara”, “Spinning”, “Mosca” y “Flycasting”, con el uso de equipo correspondiente para cada caso.
- MODALIDAD SPINNING: Se autoriza el uso de boya del tipo nominado “Buldo” y “Mosca”. Para todas las modalidades se autorizará el uso de un solo señuelo artificial como un único anzuelo simple o doble.
- Se prohíbe expresamente la modalidad trolling o de arrastre desde una embarcación propulsada, con cualquier tipo de señuelo, cuchara o mosca.
- Con el objetivo de favorecer la reproducción de las especies ícticas con valor pesquero recreativo.
- PARA FAVORECER LA REPRODUCCIÓN DE LAS ESPECIES ÍCTICAS SE ESTABLECE LA SIGUIENTE MANERA DE MANEJO:
- Desde el inicio de temporada y hasta el día 1 de enero del 2023 y en todos los ambientes Provinciales, deberán devolverse al agua vivos y con el menor daño posible. Los ejemplares de la especie trucha arcoíris.
- A partir de Marzo de 2023 a los fines de favorecer la incubación natural y nacimiento de individuos de la especie “trucha arcoíris”, y con el objeto de no remover las camas de desove, se recomienda no baldear los ríos (Milna, Palacios, Tuerto, Turbio, Valdez, Arroyo Subiabre) Que desemboca en el Lago Khami y el arroyo que desemboca a Laguna Bombilla.
- A los fines de la prevención de dispersión del alga “Didymo” (Didymosphenia geminata), y de otros organismos exóticos peligrosos: Las personas que ingresen con equipos de pesca (wader, botas de vadeo, flotadores individuales, embarcaciones, etc.) deberán lavar y desinfectar cuidadosamente los mismos, exponiéndolos como mínimo durante un minuto en las siguientes soluciones:
Lavandina al 2% (un vaso en 10 litros de agua).
Sal al 5% (500gr. De sal común en 10 litros de agua.)
Se recomienda muy especialmente utilizar equipos nuevos.
- Para promover prácticas de bajo impacto en las poblaciones de salmónidos silvestres permitir el desarrollo de una pesca recreativa sustentable, se establecen restricciones particulares para los ambientes detallados a continuación
A. RÍO CLARO Grande y sus afluentes (Candelaria, Ona, Menendez, Rasmussen, Moneta y Herminita): Solo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos. Se habilita la pesca deportiva a partir del día veintinueve (29) de octubre de 2022 y la finalización de la temporada para el día dieciséis (16) de abril de 2023, inclusive. Todos aquellos pescadores que se encuentren registrados en el Sistema de Accesos de Pesca de la Provincia de Tierra del Fuego (saptdf.tierradelfuego.gov.ar) y cuenten con reserva previa, podrán acceder al sector denominado “El Tropezón”, y demás accesos que se encuentren habilitados.
B. RÍO EWAN SUR: El inicio de Temporada el día veintinueve (29) de octubre de 2022 y finalización el día uno (1) de mayo de 2023. En el tramo comprendido entre el puente “Justicia” de Ruta Nacional N°3 y la desembocadura, inicia a partir del día uno (1) de enero de 2023. Se establece la devolución obligatoria en todo el curso del río.
C. RÍO EWAN NORTE: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
D. RÍO FUEGO: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
E. ARROYO VIDELA (Cuenca Rio FUEGO): Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
F. RÍO SAN PABLO: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
G. LAGO YAKUSH: Solo se permite la pesca en la modalidad “Mosca” con devolución obligatoria. Se prohíbe la navegación de embarcaciones propulsadas con motores a explosión para evitar su contaminación y para no perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva.
H. RÍO INDIO: Solo se permite la pesca e la modalidad “Mosca” con devolución obligatoria.
I. RÍO CLARO: Para practicar la pesca deportiva es obligatorio estar registrado y contar con reserva previa a través del Sistema de Acceso de Pesca para Residentes de Tierra del Fuego (tierradelfuego.gov.ar), para aquellos lugares hay horarios establecidos por el mismo.
J. LAGUNA HANTUK (o SUTHERLAND): Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria.
K. LAGUNA PALACIOS: Sólo se permite la navegación con motores a explosión para circular por el sector Noroeste de la laguna, entre el Lago Fagnano y el muelle de la asociación de Caza y Pesca Ushuaia. Se prohíbe la navegación a motor en el resto de la laguna, para no perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva.
L. RÍO PALACIOS: Se habilita la pesca a partir del día uno (1) de enero de 2023, con devolución obligatoria, tanto en el río y afluentes como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de doscientos (200) metros de radio desde la desembocadura.
M. RÍO MILNA, TUERTO, TURBIO y ARROYO SUBIABRE: Se permite la pesca a partir del día uno (1) de enero de 2023, sólo con devolución obligatoria, tanto en el curso de agua y afluentes como en su desembocadura en el Lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de doscientos (200) metros de radio desde la desembocadura.
N. LAGUNA NEGRA: Solo se permite la pesca con devolución obligatoria en la Reserva Provincial de Usos Múltiples laguna Negra. De a cuenca Lago Khami. Se encuentra prohibida la navegación a motor.
O. RÍO IRIGOYEN: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos. En el tramo lindante con la Estancia María Luisa sólo se permite la pesca con equipo de la modalidad “Mosca”, autorizándose la modalidad “Cuchara” en el resto del río y en un tramo de doscientos (200) antes de la desembocadura en el Océano Atlántico.
P. RÍO MALENGUENA: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos y con equipo de la modalidad “Mosca”, autorizándose la modalidad “Cuchara” en un tramo de doscientos (200) metros antes de su desembocadura en el Océano Atlántico.
Q. LAGUNA BOMBILLA: A efectos de evitar perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, solo se permite la navegación con motor a explosión en el sector Oeste de la laguna, con el fin de acceder al Lago Khami o regresar desde el mismo, a velocidad moderada sin desviar el rumbo, sin detenerse, ni dejarse derivar. Así mismo se prohíbe la práctica de la pesca desde embarcaciones que cuenten con motor a explosión en toda la laguna.
R. LAGUNA MARGARITA: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria. A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión.
S. LAGUNA VARELA: A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión.
T. LAGUNA TRES MARIAS (BAHÍA DEL LAGO KHAMI): Solo se permite la pesca con devolución obligatoria. A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión.
U. LAGO CHEPELMUT: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria. A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión.
V. RÍO VALDEZ: Sólo se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria, desde el puente Ruta Nacional N°3 aguas arriba.
W. Se permitirá sacrificar un (1) ejemplar por pescador, en ambientes de las Áreas Naturales Protegidas de la Provincia y/o desembocadura de ríos a designar, mediante disposición expresa por parte de la autoridad de aplicación, para casos particulares como concursos y torneos de pesca. - Considérese “DÍA DE PESCA” al lapso que coincide estrictamente con las horas de luz diurnas, comprendidas entre los horarios de los crepúsculos matutino y vespertino publicados por el Servicio de Hidrografía Naval (http://www.hidro.gov.ar/Observatorio/Sol.asp) para la provincia de Tierra del Fuego, A. e I. A. S. Queda absolutamente prohibida la pesca nocturna, en todo el ámbito provincial.
- Los responsables de la comercialización de los permisos de pesca deportiva deberán realizar el registro y habilitación de los pescadores a través del Sistema de Información de Pesca Deportiva (siped.tierradelfuego.gov.ar), debiendo a corroborar todos los datos con documento de identidad valido, e informar sobre la obligación de portación del documento de identidad al momento de la práctica de la pesca, o del permiso en forma digital (App pesca deportiva), o algún documento que acredite su identidad. En el caso de menores de dieciocho (18) años, será el padre, madre o tutor quien será registrado como responsable de las infracciones que pudiera cometer el menor.
- El responsable de cada coto de pesca, mientras su habilitación se encuentre vigente, deberá presentar mensualmente ante la autoridad de aplicación, entre los días uno (1) y diez (10) de los meses comprendidos entre diciembre de 2022, y mayo de 2023, una copia del Libro de Registro de Pescadores de la temporada en curso, ingresados durante el periodo mensual anterior. El incumplimiento de lo establecido en la presente será pasible de sanciones, de acuerdo a las Normativas vigentes. Durante la temporada va a entrar en vigencia, a modo de prueba, la utilización del sistema SAPTDF, o un sistema de tecnología que en su momento lo reemplace o actualice, como un módulo especial para los cotos de pesca.
- Fíjese en la provincia de Tierra Del Fuego, el valor del permiso de pesca deportiva ordinario de la Temporada de Pesca Deportiva 2022/2023 para todo el ámbito provincial, para pescadores Argentinos o Extranjeros residentes en el país, según su correspondiente validez diaria, por tres (3) días, semanal y de temporada como se detalla a continuación:
TARIFAS DE LOS PERMISOS RESIDENTES
TEMPORADAS | VALOR DE PERMISO |
DIARIO | PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($650.) |
POR TRES (3) DIAS | PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500.) |
SEMANAL | PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500.) |
TEMPORADA COMPLETA | PESOS SEIS MIL ($6.000.) |
TEMPORADA MENORES (13 a 17) | PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500.) |
- Fíjese en la provincia de Tierra Del Fuego, A. A. S., el valor del permiso de pesca deportiva ordinario de la Temporada de Pesca Deportiva 2022/2023 para el ámbito provincial, para pescadores extranjeros no residentes en Tierra Del Fuego, según el ambiente y su correspondiente validez diaria, por tres (3) días, semanal y de temporada como se detalla a continuación:
TARIFAS DE LOS PERMISOS EXTRANJEROS
TEMPORADAS | VALOR DE PERMISO |
DIARIO | PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($5.700.) |
POR TRES (3) DIAS | PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS ($14.500.) |
SEMANAL | PESOS VEINTITRES MIL ($23.000.) |
TEMPORADA COMPLETA | PESOS TREINTA Y UN MIL ($31.000.) |
- Fíjese en la provincia de Tierra Del Fuego, A. I. A. S., el valor del permiso de pesca deportiva adicional, por zona preferencial para pescadores extranjeros no residentes en Tierra Del Fuego, según el ambiente y su correspondiente validez diaria, por tres (3) días. Semanal y de temporada como se detalla a continuación:
TARIFAS DE LOS PERMISOS SEGÚN EL AMBIENTE Y SU CORRESPONDIENTE VALIDEZ.
RESIDENTES
TEMPORADAS | ZONA PREFERENCIAL | VALOR DE PERMISO |
DIARIO | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ | ($4.800.) |
POR TRES (3) DIAS | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ | ($7.000.) |
SEMANAL | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ | ($9.500.) |
TEMPORADA COMPLETA | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ | ($19.000) |
DIARIO | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI |
($3.200.) |
POR TRES (3) DIAS | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI |
($4.700.) |
SEMANAL | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI |
($7.500.) |
TEMPORADA COMPLETA | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI |
($14.500.) |
TARIFAS DE LOS PERMISOS SEGÚN EL AMBIENTE Y SU CORRESPONDIENTE VALIDEZ.
EXTRANJEROS.
TEMPORADAS | ZONA PREFERENCIAL | VALOR DE PERMISO |
DIARIO | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ. | ($10.000.) |
POR TRES (3) DIAS | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ. | ($27.000.) |
SEMANAL | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ. | ($37.000.) |
TEMPORADA COMPLETA | RIOS: GRANDE Y MENENDEZ. | ($60.000.) |
DIARIO | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI. | ($6.000.) |
POR TRES (3) DIAS | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI. | ($12.000.) |
SEMANAL | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI. | ($19.000.) |
TEMPORADA COMPLETA | RIOS: EWAN SUR, IRIGOYEN Y LAGO KHAMI. | ($36.000.) |
- El permiso “SIN CARGO” se otorga a los argentinos o extranjeros residentes en el país, con discapacidad, o menores de trece (13) años. En el caso de las personas con discapacidad, al solicitarlo deberán presentar el certificado correspondiente. En el caso de los menores deberá solicitar el permiso el padre, madre o tutor, quien previa acreditación del vínculo, será registrado como responsable de las infracciones que pudiera cometer el menor. Igual permiso se otorgará a los mayores de SESENTA Y CINCO (65) años, y a los jubilados y pensionados, previa exhibición del último recibo de haberes, siendo responsabilidad de la entidad dedicada a la comercialización el control de la documentación que avale su condición.
El permiso “SIN CARGO” solo habilita a practicar la modalidad de “Pesca con Devolución” obligatoria.
- El permiso para menores hasta los diecisiete (17) años inclusive, deberá ser solicitado por el padre, madre o tutor, quien firmara el recibo del permiso y será responsable de las infracciones que pudiera cometer el menor.
- Fíjese el valor monetario del MÓDULO en un monto de PESOS NOVENTA Y SEIS CON 60 CTVS ($96,60.-) equivalente al precio final de UN (1) litro de combustible Nafta Súper 92 a 95 RON en boca de expendio del Automóvil Club Argentino, sede Ushuaia, según lo publicado por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, para el mes de junio de 2022.
- Establézcase el valor monetario en concepto de habilitación anual de coto de pesca, en un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 60 CVTS (192.330,60.-) correspondiente a la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO (1991) MÓDULOS establecida en el Artículo 24° del Anexo I del Decreto Provincial N°2180/09, sustituido por el Artículo 3° del Decreto Reglamentario N° 2116/16. Se otorga una prórroga para el pago por dicho concepto, con plazo hasta el día TREINTA (30) de noviembre de 2022.
- Establecer el valor monetario por caña habilitada según la correspondiente categoría de coto de pesca, en función a la cantidad de MÓDULOS establecidas en el Artículo 23° del Anexo del Decreto Provincial N°2180/09, sustituido por el Artículo 2° del Decreto Reglamentario N° 2116/16, según como se detalla a continuación:
CATEGORIA |
CANTIDAD DE MÓDULOS POR CAÑA HABILITADA |
VALOR MONETARIO EQUIVALENTE POR CAÑA HABILITADA |
A | 1415 | $136.689.- |
B | 943 | $91.094.- |
C | 471 | $45.499.- |
D | 235 | $22.700.- |
- No se podrá impedir el paso de los peces en sus migraciones naturales, ya sea que se produzca por medio de obstrucciones artificiales o de cualquier índole. En todos los casos en que existen las mismas o en las desembocaduras de cursos de agua en el mar, no se permitirá la pesca con modalidades distintas a las autorizadas en la reglamentación de pesca deportiva para el curso de agua respectivo, como así también a lo establecido por la resolución M.P. y A. N° 1916/21.
- A los efectos de la presente resolución, se entiende por:
Circulo Imaginario: Termino para referirse a la extensión de un sector en el que rigen medidas restrictivas específicas para la práctica de la pesca. Tomando de referencia el punto de interés como centro desde el cual se extenderá el círculo imaginario, siendo el radio la medida para delimitar dio sector.
Organismos exóticos peligrosos: El término “organismo exótico” hace referencia a una especie, pasada o presente; incluye cualquier parte, gametas, semillas, huevos o propágulos de dicha especie capaces de sobrevivir y consecuentemente de expandirse.
El término “organismo exótico peligroso”, por su parte, se refiere a toda especie exótica cuya introducción y/o dispersión amenazan la diversidad biológica, Ciertos organismos de este tipo pueden cambiar la estructura, el funcionamiento o la capacidad productiva de los ecosistemas, otras consiguen dominar totalmente el ambiente que invaden, desplazando a las especies nativas y alterando la diversidad natural.
Vadear: Transitar a pie o en cualquier medio de movilidad, en contacto y sobre el lecho o fondo de un curso o cuerpo de agua.
- Implementar Acta de Infracción para la temporada 2022/2023, de acuerdo al modelo que se incorpora como Anexo I, que forma parte de la presente.
- Notificar, comunicar, dar al Boletín Oficial de la provincia y archivar.





































